Proponen la sanción de una Ley de Emergencia Comunicacional

Ante la grave crisis que afecta al sector, colectivos de comunicación, medios comunitarios y organizaciones de periodistas comenzaron a trabajar en el Congreso la sanción de un proyecto que declare la Emergencia Comunicacional frente a la falta de políticas públicas que garanticen la pluralidad, el derecho a la información y la libertad de expresión.

La Asociación de Revistas Culturales e Independientes de Argentina (AReCIA) el Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCo), la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), la Coalición por una Comunicación Democrática, el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA), trabajadores de TelAm y la TV Pública, entre otros, destacaron el impacto negativo que genera la situación actual para el ejercicio de la comunicación.

En una reunión en la Comisión de Libertad de Expresión de la Cámara de Diputados, presidida por el legislador Leopoldo Moreau, los expositores denunciaron la mora en la ejecución de los fondos asignados a los medios comunitarios, la discrecionalidad en la distribución de la pauta oficial, la situación de los medios públicos, los despidos y el ataques a los periodistas, así como la fuerte concentración del sector y la ausencia de cualquier debate parlamentario que rescate a la comunicación como un derecho humano.

Las asociaciones presentes acordaron ampliar el llamamiento al conjunto de organizaciones de trabajadores de prensa y de la cultura, entidades sin fines de lucro, universidades, pymes y cooperativas del sector comunicacional, medios de pueblos originarios y al público en general para salvaguardar el derecho a la información de todos los ciudadanos.

El jueves 6 de septiembre en la Cámara de Diputados se realizó la reunión de lanzamiento de la iniciativa, bajo la coordinación de la presidencia de la Comisión de Libertad de Expresión. Allí se hizo extensiva la propuesta al conjunto de bloques parlamentarios comprometidos en la problemática.

Proyecto de Ley de Emergencia Comunicacional y Libertad de Expresión, elaborado por el Observatorio de la Riqueza Padre Pedro Arrupe

Que el 95 % de los contenidos que llegan a la población son producidos por empresas extranjeras vinculadas a Paraísos Fiscales;

Que dicho acontecer viola soberanía nacional, la Ley de Medios vigente y la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia;

Que dicha producción de contenidos extranjeros afecta el principal elemento de unidad de toda sociedad, como es la moneda nacional, estimulando la dolarización o sea una moneda extranjera en la vida cotidiana de la población;

Que semejante desequilibrio básico de la Nación Argentina a favor de una moneda extranjera desde los Medios de Comunicación Monopólicos y extranjeros, no tiene el menor mecanismo financiero de re-equilibrio en la libertad de expresión sobre el sistema monetario extranjerizado;

Que las fusiones de medios y las leyes enviadas al Congreso por el Poder Ejecutivo, pretenden consolidar legalmente la situación previamente descripta, incumpliendo las leyes de Defensa de la Competencia, Ley de Entidades Financieras, Ley Argentina Digital, Ley de Servicios Audiovisuales, Ley del Cine, Ley del Teatro, etc.;

Que el poder financiero del Complejo Comunicacional Extranjero dispone hoy de un poder financiero de 20.000 millones de dólares / año para condicionar los contenidos de propaganda, producción cultural, garantía de circulación de contenidos, omisión comunicativa, incidencia en el mercado financiero diario, incidencia en la inflación permanente entre otros mercados. Afectando así el equilibrio de la libertad de Expresión, Circulación y llegada a la población del Complejo Comunicacional Argentino, que dispone de apenas 50 millones de dólares para la producción y cero dólar para garantizar la circulación y llegada a los Argentinos;

Que los mercados concentrados monopólicamente por las fusiones aprobadas y las leyes enviadas al Congreso bajo el eufemismo de la Convergencia Tecnológica de cuatro mercados, ocultan la concentración monopólica de ocho mercados …, tal como ha sido denunciado a la Corte Suprema de Justicia y la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia;

Que el sistema comunicacional es un sistema que educa a la población desde que termina su institucionalidad educativa hasta el fin de sus días. En otros términos desde los 20 años a los 75 años en promedio. Por lo tanto “educa” el 26 % del tiempo de vida de los argentinos, si se le saca la incidencia en la conciencia de los profesores y maestros, su incidencia pasa a ser en el 100 % del tiempo de los argentinos.

Por lo tanto el 3 % del Presupuesto Nacional frente al 6 % que tiene asignado el Presupuesto de Educación, es solo un primer paso de re-equilibrio entre la Comunicación un primer paso de re-equilibrio entre la Comunicación Extranjera y Nacional sobre los derechos de la persona humana, consagrados en la Constitución.

En virtud de restablecer el equilibrio perdido que protege la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial, las leyes vigentes y la Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, se dispone:

Artículo 1 – Asignación permanente del 3 % del Presupuesto Nacional a la Circulación y Producción de Contenidos del Complejo Comunicacional Argentino;

Artículo 2 – Se crea el Registro Nacional del Complejo Comunicacional Argentino con participación en los órganos directivos de todos los Actores no vinculados a Paraísos Fiscales, ni empresas extranjeras;

Artículo 3 – Se integran a la presente ley todos los proyectos de Ley vinculados al Sistema Comunicacional Argentino.

Fuente: https://interradial.wordpress.com/2018/09/05/proponen-la-sancion-de-una-ley-de-emergencia-comunicacional/